PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO SEXUAL, POR RAZÓN DE SEXO Y OTRAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LA LIBERTAD SEXUAL Y LA INTEGRIDAD MORAL EN EL ÁMBITO LABORAL.

¿En qué consiste un protocolo de acoso?

El protocolo contra el acoso es un documento obligatorio para todas las empresas, cuya finalidad es prevenir, actuar y proteger frente a situaciones de acoso sexual, por razón de sexo, identidad de género u orientación sexual en el entorno laboral. Debe incluir una declaración de tolerancia cero, el compromiso activo de la empresa y un procedimiento claro de actuación.

Aunque puede estar regulado por convenios colectivos, se recomienda que cada empresa lo adapte a su realidad, ya que usar modelos genéricos puede ser ineficaz. Un protocolo bien diseñado e implementado no solo gestiona adecuadamente los casos, sino que también previene su aparición y promueve una cultura de respeto e igualdad.

¿Qué contiene un protocolo de acoso?

Declaración de principios

Compromiso institucional de tolerancia cero ante cualquier forma de acoso y defensa de la dignidad en el entorno laboral.

Decálogo de buenas prácticas

Recomendaciones claras para prevenir conductas inadecuadas y promover relaciones laborales respetuosas.

Glosario de términos

Definiciones comprensibles sobre qué se considera acoso sexual, acoso por razón de sexo y otras formas de violencia relacionadas.

Procedimiento estandarizado de actuación

Instrucciones detalladas sobre cómo actuar ante una denuncia o sospecha, incluyendo plazos, confidencialidad, garantías para la persona denunciante, órganos responsables y vías de resolución (formal e informal).

Medidas sancionadoras y correctoras

Información sobre las consecuencias disciplinarias y legales aplicables a las conductas constitutivas de acoso, conforme al marco jurídico.

Acciones preventivas

Formación a la plantilla, campañas de sensibilización y otras estrategias orientadas a promover entornos laborales seguros, igualitarios y libres de violencia.

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En InCor entendemos la importancia de estos valores y trabajamos contigo para desarrollar un protocolo de acoso personalizado que no solo cumpla con las normativas legales, sino que también refuerce una cultura organizacional basada en la integridad, el respeto y la equidad.

¿Es obligatorio tener un protocolo de acoso en la empresa?

Sí, contar con un protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo es obligatorio para todas las empresas, independientemente de su tamaño o sector.

La Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su Artículo 48.1 y 48.2, establece la responsabilidad de las empresas de promover condicionesde trabajo que eviten el acoso y de actuar ante cualquier manifestación del mismo.

Dicho artículo señala expresamente la obligación de elaborar y aplicar procedimientos específicos para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo, así como para canalizar las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto de este tipo de conductas.

Además, estas medidas deben ser negociadas con la representación legal de las personas trabajadoras, e ir acompañadas de acciones de sensibilización y formación en la materia, con el fin de garantizar entornos laborales seguros y respetuosos.

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